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país; como muchos países subdesarrollados y con gran biodiversidad es
uno de los lugares donde el tráfico de fauna hace estragos. Estamos
incluidos entre los países productores. Los países desarrollados son
los países consumidores, los que compran los especímenes (no usamos las
palabras exportador e importador porque las mismas se usan solamente en
caso de "importación-exportación legal", que también existe). El único
país que posee ambas categorías (productor y consumidor) es Australia.
El tráfico produce en nuestro país un movimiento de al menos U$S
150.000.000 (según la Policía Aeronáutica puede llegar hasta al menos
los U$S 400.000.000, según otros datos). Es de aclarar que este tráfico
al ser ilegal no genera divisas al país sino que simplemente genera
ganancias a los pocos particulares involucrados en la actividad.
El tráfico comienza en regiones rurales marginales, alejadas de los
centros urbanos donde sus habitantes, en general en condiciones de
extrema pobreza, realizan dicho tipo de caza como una forma de
subsistir. Esta actividad es mucho mayor en el norte de nuestro país
por su mayor biodiversidad. Si bien la caza de animales para su tráfico
es una forma de subsistencia para los cazadores, esta actividad a la
larga va afectando la ecología del lugar donde habitan, produciendo el
exterminio de las especies que cazan (y a la vez otras asociadas a
ellas) condenando a la zona a la extinción de su fauna -a veces también
flora- en pocas décadas.
Al cazador se le paga una suma ínfima por cada captura, por ejemplo: en
Santiago del Estero al cazador se le abonan U$S 0,38 por tortuga (cazan
cerca de 20 al mes por persona) y en New York esa misma Tortuga se
vende en U$S 35,00 un precio modesto ya que el comercio de especies se
rige por el principio de "cuanto más raro, más caro". En Europa algunas
especies de papagayos se pagan más de U$S 10.000,00.
Uno de cada diez animales cazados llega vivo a su destino, lo que no le
garantiza mayores posibilidades de vida ya que se calcula que de las
tortugas en cautiverio el 80 % muere antes de los tres años de edad.
Los animales mas requeridos son los loros, papagayos, monos y tortugas.
Nuestro país está suscripto a la Convención Internacional sobre
Comercio de Especies de Fauna y Flora silvestres amenazadas (Cites). La
CITES establece distintas categorías para las especies según el grado
de peligro en que se encuentren. El apéndice I, incluye a las especies
que están en peligro de extinción por lo cual queda prohibido su
comercio entre todos los países signatarios de la convención.
Dicha prohibición se refiere al comercio internacional y se incorpora a
la Ley de Fauna (22421/81), que prohibe la venta en el país de
ejemplares de la fauna autóctona. Esta ley fue reglamentada por el
decreto 666/87. Este decreto se hace extensivo hasta las especies
silvestres que se hallen en grave retroceso numérico, regula el modo en
que debe procederse al tránsito interno dentro del país de los animales
que se van a exportar y a la documentación que los mismos deben poseer.
Todo animal que se exporte o que se venda dentro del país (para el caso
de animales de criadero o importados) debe tener una documentación
llamada "guía" que identifica al animal desde su origen. A su vez, el
mismo decreto determina que la Secretaría de Recursos Naturales y
Desarrollo Sustentable debe promover planes y programas tendientes a
asegurar la protección de estas especies y de su hábitat específico.
Se trata no sólo de cuidar las especies sino el hábitat todo, ya que
muchas especies además de su caza ilegal se ven amenazadas por la
destrucción de su medio: desmontes, avance del ganado, etc. Esto pasa
por ejemplo, con el emblemático Yaguareté, que si bien poco es lo que
se caza para traficarlo por su piel (ya que las pieles de felinos
manchados no tienen un precio alto en el mercado) la destrucción de su
hábitat lo lleva a merodear cerca de los campos de ganado, lo que le
asegura su muerte.
Actualmente se llevan a cabo proyectos de reproducción de animales en
cautiverio utilizando incluso los mismos ejemplares decomisados que ya
no podrán volver a la naturaleza.
Especies autóctonas incluidas en CITES- Apendice I:
Todos los felinos manchados (yaguareté, ocelote, etc.), guacamayo azul,
yacaré overo, tortuga falsa carey, tortuga verde, tortuga laud, ñandú
petiso cordillerano, harpía, yacutinga, chorlo boreal, guacamayo
amarillo, loro cara roja, tatú carreta pichiciego menor, y mayor, zorro
rabón, lobito de río, nutria patagónica, nutria marina, lobo
gargantilla, yaguarundí, chancho quimielero, vicuña, venado de las
pampas, ciervo de los pantanos, huemul, huemul del norte, chinchilla
chica y grande, ballena jorobada, ballena azul, ballena austral,
tapalcuá panza clara, aguila viuda, guacamayo verde, maracaná afeitado,
catita cabecita roja, cóndor andino, quirquincho de la puna, mulita
orejuda, tuco-tuco jujeño, pudú.
Otros datos
La lista roja de especies en peligro 2000, presentada por la Unión
Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) informa que
"...11046 especies de animales están amenazadas o enfrentan alto riesgo
de dejar de existir; el 24 % de los mamíferos y el 12 % de las aves y
plantas declinan con prisa en América central y del Sur, centro de
Africa y sudeste asiático...".
"En el país hay 500 especies de animales y unas 250 de plantas
amenazadas de extinción". De La Argentina Amenazada. La Nación,
15/10/2000.
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Cazándonos... Escrito por Invitado el 2010-02-11 12:43:30 Odio todo esto, me siento muy impotente. ¿Llegaremos al punto en el cual nos cazaremos a nosotros mismos? Nota del editor: Hace tiempo que llegamos... |
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